¿Es posible que se condonen todas las deudas?
Sí, esta Ley de segunda oportunidad entiende que si no se ha actuado de mala fe y no se tienen medios materiales para afrontar las deudas se consiga la exoneración de las deudas.
Las únicas deudas que no se pueden condonar son las adquiridas con hacienda o la TGSS, que se pueden exonerar hasta un máximo de 10.000 euros para ambas.
Tampoco las viviendas hipotecadas serán susceptibles de condonación, no obstante, la Ley de Segunda Oportunidad permite la conservación de la vivienda habitual o de bienes muebles optando a un plan de pagos de cinco y tres años respectivamente.
¿Qué requisitos se deben cumplir:
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Ser un deudor de buena fe
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Demostrar que no se cuenta con patrimonio suficiente para hacer frente a las deudas
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No ser objeto de un concurso culpable
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No haber sido condenado por delitos económicos, contra los derechos de los trabajadores, contra el patrimonio, contra la Hacienda Pública o contra la Seguridad Social o haber satisfecho las responsabilidades económicas derivadas del delito
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Que no se haya producido la derivación de la responsabilidad de las deudas de una S.L.
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No haberse acogido a esta ley en los últimos 5 años
¿Cuánto puede durar el procedimiento?
Depende del Juzgado que nos toque y de la carga de trabajo que tenga. Desde la modificación de la Ley del 2022 los procedimientos más rápidos que hemos tenido son de cuatro meses desde que presentamos la solicitud de concurso, pero tenemos otros que todavía están pendientes de resolución, por lo que si tenemos que delimitar un plazo iría desde los cuatro meses al año de duración.
Lo importante es que durante todo este período ya no te pueden embargar ningún bien mueble o inmueble.
¿Qué es el BEPI?
La Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) es un mecanismo que permite liberarse y cancelar la totalidad de las deudas pendientes, tanto privadas como públicas, estas últimas hasta un límite de 10.000 euros.
Se trata de una medida novedosa introducida por la Ley de Segunda Oportunidad.